MCE CONSULTORES ASOCIADOS

Gestión Empresarial | Gestión de Personas | Sistemas Integrados de Gestión

Modelo de prevención: las empresas deben cambiar cultura organizacional

Modelo de prevención: las empresas deben cambiar cultura organizacional

Abogado penalista José Luis Velarde plantea establecer una correcta y documentada distribución de las funciones y determinar las responsabilidades en la firma.

El especialista sostuvo que el riesgo de quedar expuesto a una contingencia penal por las responsabilidades administrativas que alcanzan a una persona jurídica es un tema de creciente importancia para las compañías privadas, asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales que operan en el país.

Delitos

Los delitos señalados en la Ley N° 30424, que regula estas responsabilidades, son los de cohecho, colusión, lavado de activos, tráfico de influencias y financiamiento del terrorismo, manifestó el experto del área penal del estudio Miranda & Amado.

Sin embargo, refirió, existe también un universo paralelo de otras contingencias penales (delitos ambientales, de salud y seguridad en el trabajo, contra el orden económico, etcétera) que demandan la adopción de sistemas de prevención ante riesgos en las organizaciones, aunque no lo exija la norma.

“Hasta el 2016, los sistemas de prevención ante riesgos alcanzaban a un grupo limitado de sujetos obligados en prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Las grandes multinacionales tenían también sus manuales de gobierno corporativo, pero eran políticas de prevención aplicables a escala internacional, no respondían a una exigencia normativa propiamente dicha en nuestro país”, expresó.

El 2016, afirmó, la situación cambió porque el Perú se propuso ingresar en el grupo de 38 países que forman la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y, como parte de ese objetivo, debía adecuar su normativa interna y adoptar un sistema de responsabilidad autónoma de las personas jurídicas.

Caso

El hombre de leyes rememoró que ese año, además, estalló el escándalo Lava Jato, que puso a empresas del sector construcción en el centro de investigaciones de delitos de corrupción y aceleró los cambios normativos en este campo.

“Desde el 2017, prácticamente cualquier persona jurídica quedó expuesta ante los riesgos de un abanico mayor de delitos, ya no solo cohecho, sino también colusión y tráfico de influencias”, agregó.

Ante esta realidad, dijo, las compañías empezaron a ejecutar sistemas de prevención que los protejan ante contingencias penales. “Puede decirse que, hoy en día, la gran mayoría de empresas grandes cuenta con sistemas bastante sólidos, sobre todo ante los delitos señalados en la Ley N° 30424. Falta que se implementen también en las medianas y pequeñas que, por efectos de la pandemia del covid-19 debieron priorizar sus gastos”, anotó.

En este contexto, Velarde aseveró que “es necesario un cambio de cultura organizacional en las empresas para entender que estos sistemas de prevención no deben implementarse solo porque la ley lo manda y para evitar contingencias penales, sino además porque es la manera correcta de efectuar las cosas”.

En los últimos años, refirió, hubo también un incremento notable de las acciones de fiscalización administrativa, con una presencia mucho más activa, por ejemplo, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) o de las fiscalías para delitos ambientales, que pueden empezar investigaciones de oficio.

“Si se sentencia un delito ambiental doloso, la persona condenada irá a la cárcel y para la empresa hay fuertes consecuencias en su impacto reputacional, sus zonas de influencia, comunidades vecinas y las propias sanciones que se le imponen”, alertó.

¿Cómo pueden las empresas mitigar estos riesgos de responsabilidades penales? Para Velarde, la base es establecer una correcta y documentada distribución de funciones en la empresa, determinar qué personas (u oficinas) son las responsables de qué procesos e implementar sistemas de supervisión, de arriba hacia abajo, y de delegación de facultades.

Los sistemas de prevención –sostuvo– llegaron para quedarse y se expandirán bajo el paraguas de delitos de responsabilidad autónoma (responsabilidad penal para la empresa). “La corrupción privada es lo próximo que entrará bajo ese paraguas. Es la única manera de encapsular el riesgo de responsabilidad penal que pueda surgir”, recalcó.

Análisis

“Hoy, las empresas deben hacer el siguiente análisis: ¿cuál es el riesgo al que estoy expuesto?, ¿cuál es el costo por mitigar ese riesgo y cuál es el que estoy dispuesto a pagar si no lo mitigo? Esa decisión es la clave del futuro de la gestión de riesgos”, enfatizó.

Velarde admitió que el riesgo no desaparecerá, pues siempre estará presente, pero se puede mitigar. “Hay que tratar de encapsularlo y otorgarle los recursos a las áreas a cargo para que la responsabilidad penal no escale de manera significativa en de la empresa”, puntualizó.

Labor de la SMV

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es la entidad que evalúa si los sistemas de prevención adoptados por una empresa son los idóneos si se ejecuta una investigación fiscal por algún delito incluido en la Ley N° 30424. En marzo, la institución emitió los lineamientos que seguirá para efectuar estas evaluaciones, recordó José Luis Velarde.

El documento busca constituirse en un referente para las personas jurídicas que opten por implementar un modelo de prevención y deseen conocer el marco legal vigente sobre la responsabilidad administrativa de estas organizaciones.

De acuerdo con la Ley N° 30424 y su reglamento, las personas jurídicas que cuenten con un modelo de prevención en funcionamiento pueden eximirse de responsabilidad administrativa por la comisión de ciertos delitos detallados en la norma, precisó la SMV.

Asimismo, los lineamientos proporcionan un listado referencial de acciones y ejemplos que se podrían adoptar en los cinco componentes mínimos del modelo (Identificación, evaluación y mitigación de riesgos; encargado de prevención, implementación de procedimientos de denuncia, difusión y capacitación periódica del modelo de prevención; y, evaluación y monitoreo continuo del modelo de prevención), en las personas jurídicas.

Fuente El Peruano

MCE CONSULTORES ASOCIADOS

Gestión Empresarial | Gestión de Personas | Sistemas Integrados de Gestión

Deja un comentario

Descubre más desde MCE CONSULTORES ASOCIADOS

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo